DECRETO
QUE APRUEBA EL LEMA PARA TODA CORRESPONDENCIA OFICIAL EN EL ESTADO DURANTE EL AÑO 2006, ASI COMO DIVERSAS ACCIONES PARA CONMEMORAR A NIVEL NACIONAL EL CENTENARIO DE LOS MARTIRES DE CANANEA DE 1906.
ARTICULO PRIMERO.- El Congreso del Estado declara el año 2006 como “Año de la no violencia hacia las mujeres”. Para tal efecto, toda correspondencia oficial que generen durante el año 2006 los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como los ayuntamientos del Estado, deberán incluir el lema “2006: Año de la no violencia hacia las mujeres”.
ARTICULO SEGUNDO.- El Congreso del Estado aprueba la inscripción con letras de oro en la pared de honor del salón de plenos del recinto oficial del Congreso del Estado de Sonora la divisa “Mártires de Cananea-1906”.
Redacción completa:
DIPUTADOS INTEGRANTES:
MARTHA PATRICIA PATIÑO FIERRO
HONORABLE ASAMBLEA:
A los diputados integrantes de la Comisión de Asuntos del Trabajo y de Asuntos de la Mujer de esta Quincuagésima Séptima Legislatura, en forma unida y previo acuerdo de la Presidencia, nos fueron turnados para estudio y dictamen, escrito presentado por Ciudadanas Red Sonorense por la Vida sin Violencia, con el que proponen a este Poder Legislativo que el año 2005 se decrete como “Año de la no violencia hacia las mujeres”; asimismo, nos fue turnado escrito de la Comisión Ejecutiva del Consejo Sindical y Social Permanente del Estado de Sonora mediante el cual realizan diversas solicitudes para conmemorar en el próximo año 2006 el centenario de los mártires de Cananea que ofrendaron sus vidas por mejores condiciones laborales de la clase trabajadora; por último, nos fue turnada propuesta verbal del diputado Oscar López Vucovich con el propósito de que se inscriba con letras de oro en la pared de honor de nuestro recinto legislativo la divisa “Mártires de Cananea-1906”.
En esa tesitura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 85, 90 y 92 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presentamos para su discusión y aprobación, en su caso, el presente dictamen al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Mediante escrito presentado el 28 de octubre del 2004, el grupo de ciudadanas Red Sonorenses por una Vida sin Violencia, solicitan que este Poder Legislativo, se decrete el año 2005 como “Año de la no violencia hacia las mujeres”, aduciendo lo siguiente:
“Con el fin de incidir ante las instituciones públicas y en la sociedad, así como dar oportuna respuesta a la problemática de violencia y acabar con este silencio que por temor, vergüenza y desesperanza envuelve a la mayoría de las mujeres violentadas, proponemos acciones concretas.
El fenómeno reincidente consiste en calificar el maltrato a la mujer como sucesos esporádicos y naturales dentro de la relación de pareja, sin considerar que se trata de un problema, fruto de una ideología sexista, que viola los derechos fundamentales y humanos de las mujeres, limitando su libertad y autonomía hasta de disponer de sus vidas.
Consideramos que no solo se requiere de buena voluntad para contribuir a abatir este grave problema hay que sumarle políticas públicas y presupuestos etiquetados.
Es imprescindible poner al alcance de todas las mujeres condiciones sociales y jurídicas que garanticen sus derechos. Sin ello la violencia seguirá debilitando y enfermando sus vidas con trastornos irreversibles que trascienden a las familias. Es por ello que proponemos se decrete el 2005 como “Año de la no violencia hacia las mujeres” y que se destine recursos etiquetados para la prevención y atención de la violencia.”
Por otra parte, el escrito presentado el día 18 de noviembre del año en curso por la Comisión Ejecutiva del Consejo Sindical y Social Permanente del Estado de Sonora es motivado de la siguiente manera:
“En acatamiento del resolutivo por el Consejo Sindical y Social Permanente del Estado de Sonora que representamos, al que se han solidarizado fraternalmente las organizaciones y ciudadanos que también suscriben este documento, solicitamos se declare el próximo año 2006: “Año del Centenario de los Mártires de Cananea”, como un justo homenaje de la sociedad al valor del sacrificio y a la aportación de los mineros para la causa de los trabajadores y para la historia de Sonora y de México en su conjunto.
Asimismo y no sólo por significar aquellos acontecimientos una gesta histórica prolegómeno de la Revolución Mexicana, sino por su contenido reivindicador encontrarse vigente en la hora actual que vive este país, nos permitimos hacer de su conocimiento el segundo resolutivo tomado por el propio Consejo, relativo a la petición adicional a todos los miembros de esta Legislatura, para que si así lo consideran se pronuncien al propio tiempo en atenta excitativa al H. Congreso de la Unión, a efecto de que a su vez este organismo pudiera tomar el acuerdo de declarar para toda la nación: “2006, AÑO DEL CENTENARIO DE LOS MARTIRES DE CANANEA” e igualmente para que se realce con letras de oro en el muro emblemático de la Cámara de Diputados del propio Congreso Federal, la inscripción de la divisa: “HONOR DE LA PATRIA A LOS MARTIRES DE CANANEA Y RIO BLANCO”, en franca conmemoración a los trabajadores de la nación que han ofrendado sus vidas por las mejores causas de la clase trabajadora.”
Por último, en sesión de este Poder Legislativo celebrada el día 22 de los corrientes, el diputado Oscar López Vucovich presentó, en ejercicio del derecho que le confiere el artículo 53, fracción III, de la Constitución Política Local, iniciativa verbal para que se inscriba con letras de oro en la pared de honor del salón de plenos de este recinto legislativo la divisa “Mártires de Cananea-1906”, exponiendo al efecto lo siguiente:
“Con la finalidad de conmemorar que el próximo año se cumple 100 años de aquel día 01 de junio en que estalló la huelga de Cananea, como un preámbulo a la primera revolución social del siglo XX, el significado que tiene la huelga de Cananea en la historia de la lucha sindical en el país y en el mundo, es un precedente de la revolución en nuestro país que nos ha traído hasta esta etapa de democracia y de formación nacional, de orgullo y convencimiento de nacionalidad, porque no se circunscribe únicamente en Cananea sino que se expandió más allá del Estado de Sonora, es un símbolo en todo el país de lo que significó al margen de luchas sindicales, al margen de preámbulos de revolución, lo que significó básicamente la resistencia del pueblo sonorense en contra de la presencia extranjera, en contra del soldado extranjero que intentaba usufructuar nuestro territorio, motivo por el cual no hay nadie que no se sienta orgulloso de lo que significa la huelga de Cananea, porque es un símbolo de la resistencia sonorense, razón por la cual es importante para todo el país.
En ese contexto, yo quisiera solicitar se incluya mi petición para que se inscriba en este recinto con letras de oro la divisa “Mártires de Cananea 1906”.
Por lo anterior y con el objeto de analizar la viabilidad legal de las solicitudes en comento, formulamos las siguientes:
C O N S I D E R A C I O N E S
PRIMERA.- Es facultad constitucional y legal de los diputados al Congreso del Estado iniciar, ante la Legislatura Local, las leyes, decretos y acuerdos que juzguen convenientes, de conformidad a lo dispuesto por los artículos 53, fracción III, de la Constitución Política Local y 29, fracción II, de la Ley Orgánica del Congreso del Estado.
SEGUNDA.- Conforme al orden jurídico local, es potestad constitucional exclusiva de este Poder Legislativo expedir y aprobar toda clase de leyes, decretos y acuerdos de observancia y aplicación en el ámbito territorial del Estado, siendo materia de ley toda resolución que afecte a las personas en general, de decreto la que otorgue derechos o imponga obligaciones a personas determinadas y de acuerdo en los demás casos, estableciéndose que en la interpretación, reforma o abrogación de leyes deberán observarse los mismos trámites establecidos para su formación, según lo dispuesto por los artículos 52, y 64, fracción XLIV, de la Constitución Política Local.
TERCERA.- Es facultad constitucional del Congreso del Estado, velar por la conservación de los derechos de los ciudadanos y habitantes del Estado y proveer, por cuantos medios estén a su alcance, a su prosperidad general, según lo dispuesto por el artículo 64, fracción XXXV, de la Constitución Política Local.
CUARTA.- Conforme al régimen de atribuciones previsto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las Legislaturas de los Estados pueden ejercer la atribución de iniciar ante el honorable Congreso de la Unión, leyes y decretos para crear, reformar, derogar o adicionar disposiciones legales del marco jurídico federal, según lo establece el artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
QUINTA.- Sobre el primero de los planteamientos, estas comisiones consideramos importante que este Poder Legislativo mantenga su compromiso de realizar acciones que permitan colaborar en la erradicación de la violencia contra la mujer debido a que con ello contribuiremos a garantizar una condición indispensable para su desarrollo individual y social y su plena e igualitaria participación en todas las esferas de la vida en acatamiento de la garantía constitucional correspondiente. Para ello, este Poder Legislativo ha establecido diversas acciones legislativas que permitan consolidar una cultura de no violencia como la que en este momento nos ocupa.
SEXTA.- Por otra parte, en relación con los planteamientos del diputado Oscar López Vucovich y de la Comisión Ejecutiva del Consejo Sindical y Social Permanente del Estado, es necesario recordar que la lucha emprendida por los mineros de Cananea tuvo su origen en la imposición de agotadoras jornadas laborales de 10 y 12 horas, en condiciones insalubres de los centros de trabajo, en salarios no remuneradores y, de modo general, en una marcada discriminación y maltrato a los trabajadores mexicanos por parte de patrones extranjeros, que fueron, en su conjunto factores que finalmente generan en la situación de injusticia que prendió entre los trabajadores la inconformidad y que ocasionó el estallamiento de la huelga de Cananea.
Al respecto, la noche del primero de junio de 1906, la población de dicho municipio se conmovió profundamente a consecuencia de que cerca de dos mil trabajadores de la Cananea Consolidated Copper Company, S.A., propiedad de William C. Greene, inconformes por las condiciones de trabajo que se han referido, y particularmente porque sus sueldos, eran escandalosamente menores que los devengados por sus compañeros de origen norteamericano, al recibir la negativa de la empresa sobre la solicitud de incremento salarial que al efecto se había presentado, tomaron y ejecutaron esa histórica decisión de ir a una huelga que, luego, habría de derivar en el estallamiento revolucionario de 1910 y que el próximo año cumplirá su primer centenario.
Abandonando sus labores, los trabajadores mexicanos de la Compañía Minera de Cananea se dirigieron de las oficinas de negociación a invitar a los demás empleados a que secundaran su movimiento, encabezados por los trabajadores Juan José Ríos, Manuel M. Diéguez, Esteban Baca Calderón, entre otros, pero al llegar a la maderería de la empresa, donde la mayor parte de los trabajadores eran norteamericanos, fueron recibidos con una descarga de fusilería que mató a dos huelguistas e hirió a otros más.
El resto de los norteamericanos residentes en Cananea se armaron y organizaron para perseguir por las calles de la población a los huelguistas mexicanos que, inermes ante dicha persecución criminal, se vieron obligados a buscar refugio en la sierra cercana. El día 2 de junio de 1906, el cónsul de Estados Unidos en Cananea pidió ayuda a su país e, inmediatamente, fuerzas armadas de Arizona se introdujeron al suelo patrio para continuar la búsqueda y persecución de los huelguistas.
Al día siguiente, la población se encontraba bajo la ley marcial; el saldo trágico había sido de 23 muertos y 22 heridos, siendo aprehendidos más de 50 trabajadores a quienes se acusó de ser los agitadores del movimiento. Entre ellos se encontraban Esteban Baca Calderón, Manuel M. Diéguez y Francisco M. Ibarra, que fueron remitidos a las mazmorras de San Juan de Ulúa en Veracruz.
Diversos medios de comunicación reprocharon al gobierno que tolerara la inmigración de norteamericanos que, a su juicio, únicamente venían a quitarle el trabajo a nuestros obreros y a llenarlos de oprobio, sugiriendo por primera vez, que fuera elaborada una reglamentación del trabajo en la República Mexicana, constituyéndose tales sucesos de Cananea en el primer chispazo de la revolución que mas tarde habría de realizarse en nuestro país, así como el antecedente básico de la legislación laboral que después se produciría en nuestra Patria.
Por esto mismo, estas Comisiones resuelven proponer al Pleno del Congreso que se designe al año 2006 como el “Año de la no violencia hacia las mujeres”, tomando en consideración, en primer término, la apremiante necesidad de contar con acciones que concientizen a la sociedad respecto del derecho que tienen las mujeres, igual al de los varones, para desarrollarse plenamente en el entorno de la vida en sociedad y, en segundo lugar, que una decisión de tal impacto generará, sin duda, la oportunidad de reforzar el compromiso del poder público hacia la atención de los problemas que laceran a nuestra sociedad.
DECRETO
QUE APRUEBA EL LEMA PARA TODA CORRESPONDENCIA OFICIAL EN EL ESTADO DURANTE EL AÑO 2006, ASI COMO DIVERSAS ACCIONES PARA CONMEMORAR A NIVEL NACIONAL EL CENTENARIO DE LOS MARTIRES DE CANANEA DE 1906.
ARTICULO PRIMERO.- El Congreso del Estado declara el año 2006 como “Año de la no violencia hacia las mujeres”. Para tal efecto, toda correspondencia oficial que generen durante el año 2006 los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como los ayuntamientos del Estado, deberán incluir el lema “2006: Año de la no violencia hacia las mujeres”.
ARTICULO SEGUNDO.- El Congreso del Estado aprueba la inscripción con letras de oro en la pared de honor del salón de plenos del recinto oficial del Congreso del Estado de Sonora la divisa “Mártires de Cananea-1906”.